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Sábado, 21 Diciembre 2024

Oficializaron el aumento para las empleadas domésticas

El gobierno nacional oficializó el aumento del salario básico del personal doméstico acordado a mediados de octubre. Lo hizo mediante la Resolución 4/2021, del Consejo del Salario para los Trabajadores de Casas Particulares, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

En junio de este año, el Consejo -una especie de “paritaria” tripartita con representación del Estado, sindicatos y empleadores- había acordado un incremento del 42% en 4 cuotas por 12 meses. Sin embargo ante el impacto de la inflación en el ingreso del salario, se decidió reabrir la discusión y sumar 8 puntos al ingreso mínimo de la actividad.

Así las cosas, en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se fija un “incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas” de un 6% en noviembre y se adiciona un 2% “no acumulativo” al 5% de diciembre. De esta forma el acumulado anual pasa del 42 al 50%.

En junio pasado hubo un aumento del 13%, un 12% en septiembre y ahora se suma un 6% en noviembre no previsto inicialmente y el incremento del 5% en diciembre sube a un 7%. Para marzo de 2022, mes en el que se pactó además una revisión, queda sin cambios una suba del 12%.

En puestos de trabajo, el personal doméstico es uno más numerosos del país. Según el último dato INDEC (cuarto trimestre 2020), suman 1.478.000, de las cuales 511.000 están registradas y 967.000 no registradas.

Valores por categoría desde el 1 de noviembre:

  • Primera categoría

Correspondiente a “Supervisora/sor”, que realiza coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo

  • Sueldo mínimo con retiro: $36.586 (era de $34.910)
  • Por hora: $293 (era de $273,50)
  • Sueldo mínimo sin retiro: $40.752,50 (era de $38.886).
  • Por hora: $321 (era de $306).
  • Segunda categoría

Comprende a “Personal para tareas específicas”, como cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo

  • Sueldo mínimo con retiro: $33.990,50 (era de $32.433)
  • Por hora: $277,5 (era de $264,50)
  • Sueldo mínimo sin retiro: $37.837 (era de $36.104)
  • Por hora: $304 (era de $290).
  • Tercera categoría

Empleada doméstica / Caseros, donde se encuadra el personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

  • Sueldo mínimo: $33.163 (era de $31.644)
  • Por hora: $261,5 (era de $249,5)
  • Cuarta categoría

“Asistencia y cuidado de personas”, que comprende la asistencia y cuidado no terapéutico.

  • Sueldo mínimo con retiro: $33.163 (era de $31.644)
  • Por hora: $261,5 (era de de $249,50)
  • Sueldo mínimo sin retiro: $36.957 (era de $35.264)
  • Por hora: $292,50 (era de $279,50)
  • Quinta categoría

“Personal para tareas generales”, que comprenden prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

  • Sueldo mínimo con retiro: $29.823 (era de $28.457)
  • Por hora: $243 (era de $231,50)
  • Sueldo mínimo sin retiro: $33.163 (era de $31.644)
  • Por hora: $261,5 (era de $249,50)

Valores por categoría desde el 1 de diciembre

  • Primera categoría
  • Sueldo mínimo con retiro: $ 38.541
  • Por hora: $309
  • Sueldo mínimo sin retiro: $42.930,5
  • Por hora: $338
  • Segunda categoría
  • Sueldo mínimo con retiro: $35.806,5
  • Por hora: $292
  • Sueldo mínimo sin retiro: $39.859
  • Por hora: $320,5
  • Tercera categoría
  • Sueldo mínimo: $34.935
  • Por hora: $275,5
  • Cuarta categoría
  • Sueldo mínimo con retiro: $34.935
  • Por hora: $275,5
  • Sueldo mínimo sin retiro: $38.931,5
  • Por hora: $308

Quinta categoría

  • Sueldo mínimo con retiro: $31.416,5
  • Por hora: $256
  • Sueldo mínimo sin retiro: $34.935
  • Por hora: $275,5

Adicionales

Por otra parte, desde septiembre se reconoce un adicional del 1% (no retroactivo) por año de antigüedad y 2% adicional por zona desfavorable (provincias patagónicas) con los sueldos de junio, equivalente al 30% del salario mínimo (antes estaba en 28%).

 

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