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Jueves, 24 Abril 2025

Guardavidas: analizan la regulación de la formación y ejercicio profesional

El objetivo de este proyecto es establecer pautas normativas innovadoras para el ejercicio de la profesión, con matriculaciones habilitantes.

La comisión de Turismo y Deportes, que preside Gisela Valdez (UCR), recibió a César Cattaneo (UCR), autor de un proyecto con el que se busca regular la formación y ejercicio profesional de los guardavidas, estableciendo requisitos de habilitación, condiciones laborales y obligaciones en espejos de agua.

En esta iniciativa se dispone que la presencia de guardavidas es obligatoria en todo espejo de agua, sea de carácter recreativo o deportivo, exigencia que abarca tanto a instituciones públicas como privadas, “independientemente de que operen con o sin fines de lucro, siempre que sus instalaciones estén habilitadas”.

Además, propone la creación de un Registro Provincial de Guardavidas, el que deberá estar digitalizado y de acceso público en las plataformas correspondientes de la autoridad de aplicación, se renovará anualmente, y se deberá otorgar un comprobante de renovación al titular del registro.

Por otra parte, establece que quien se desempeñe como guardavidas debe cumplir con una serie de requisitos para acceder al Registro, tales como ser mayor de edad; poseer título de guardavidas, expedido por instituciones nacionales o provinciales - de carácter público o privado - registradas y reconocidas por el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE, o el que en el futuro lo reemplace; no registrar sanciones que lo inhabiliten para el desempeño de la función; certificado de antecedentes penales, y tener aprobadas las pruebas de suficiencia, exigidas anualmente por la autoridad de aplicación, de acuerdo a las disposiciones vigentes.

Entre sus obligaciones se encuentran la prevención de accidentes que pongan en riesgo la integridad física de las personas; orientar y dar seguridad a las personas; atender situaciones de emergencia, dando el correspondiente aviso a las autoridades sanitarias o con competencia en materia de seguridad; ejecutar técnicas de rescate acuático necesarias para llegar hasta la víctima, estabilizarla y sacarla de la condición de peligro, sin poner en riesgo su vida ni la de otras personas, cumpliendo los protocolos de salvamento acuático actualizado.

Asimismo, suministrar los primeros auxilios de emergencia necesarios para mantener la vida de la víctima hasta que llegue la asistencia especializada; vigilar las zonas de su área de responsabilidad e informar sobre los peligros para la salud, la seguridad y el bienestar propio, del público a su cargo, y colaborar con la protección del ambiente acuático, su flora y fauna; además, cada Guardavidas deberá contar con un Libro de Aguas personal e intransferible, en el cual debe llevar el registro de las tareas y acontecimientos durante el desarrollo su labor, entre otros.

En los fundamentos de la normativa de Cattaneo, se expresa que tiene por objeto “establecer pautas normativas innovadoras y modernas para el ejercicio de la profesión de guardavidas”, ponderando las “características climáticas naturales de nuestra provincia” que “atraen turistas, como también personas locales, que buscan ámbitos de recreación en las épocas estivales, período en el cual el ejercicio de la profesión de guardavidas cobra mayor relevancia”.

Destaca al guardavida como “un agente profesional capacitado para prevenir, supervisar y asistir en situaciones de riesgo acuático, brindando rescate y primeros auxilios”, y por lo tanto, “dada la importancia de su labor (…) que puede significar la diferencia entre la vida y la muerte, es fundamental contar con un marco jurídico local que regule sus responsabilidades y proteja sus derechos laborales”.

Asimismo, los fundamentos de la normativa propuesta resaltan que se “busca garantizar la formación, matriculación y supervisión adecuada, estableciendo lineamientos curriculares que aseguren un desempeño eficiente y homogéneo en toda la provincia, con el respaldo de un Estado presente. La confección y el diseño de este proyecto se sustenta, por un lado, en las características locales de la formación de guardavidas y los espejos de agua, y por otro lado, en el antecedente de la Ley Nacional N° 27.155, que sirve como guía y orientación para el ejercicio de esta profesión”.

La titular de la comisión, diputada Gisela Valdez (UCR), indicó que “es absolutamente íntegro el proyecto que tiene que ver con el ejercicio profesional de los guardavidas. En lo personal lo vi completísimo, y está en proceso. Tiene un articulado bien desarrollado, y es un tema importante, esta actividad necesita de un marco legal”. Agregó al respecto que “quienes integramos la comisión estamos de acuerdo con el tema de fondo y alineados”, por lo que a partir de unas mínimas consultas más que quieren realizar, el proyecto puede obtener despacho prontamente.

El diputado César Cattaneo (UCR) se explayó en torno a las “inquietudes y necesidades” vistas por lo que “comenzamos a trabajar por esto”, teniendo en cuenta que “se dieron distintas situaciones en natatorios de la provincia, y por la propia necesidad de los guardavidas”.

Añadió que “nos reunimos con la Universidad Agustín Maza que son quienes certifican a los guardavidas”, y sostuvo que en distintas reuniones con profesores de educación física se estudió la normativa legal nacional (Nº 27.155), que necesita precisiones para la actividad por la propia geografía de Mendoza y porque es muy diferente el abordaje en salvataje, por ejemplo, en aguas abiertas o natatorios cerrados. “No es lo mismo la costa del Atlántico que un espejo de agua en Mendoza, por eso es necesario definir las diferencias y precisar la legislación. Necesita particularidades la Ley Nacional”.

Amplió en ese sentido que se realizan capacitaciones en salvataje a los profesores de educación física en épocas de menor demanda laboral y que “la escuela de guardavidas de Mendoza es una de las más importantes en el país”.

Un punto sobre el que llamaron la atención en la mesa de análisis fue el involucramiento de los municipios en esta normativa. Sabido es que en distintos departamentos no sólo hay espejos de agua públicos para nadar, que tienen delimitados los lugares en los que se puede practicar la actividad, sino que se han ido inaugurando natatorios cerrados y abiertos de gestión pública y/o privada en épocas de frío como de calor. Cada uno de ellos tiene sus particularidades aunque todos precisan de la presencia de guardavidas, a modo preventivo.

Ante estos planteos, el diputado Rolando Scanio (LUM) manifestó que estaba a favor del proyecto, ponderó la creación de un Registro Provincial de Guardavidas, y consultó sobre los controles a realizarse para que efectivamente se cumpla la disposición legal de al menos uno por cada lugar natatorio.

En el mismo sentido, el diputado Ricardo Tribiño (UCR) aportó que sería válido incorporar en el proyecto la posibilidad de que la Subsecretaría de Deportes de la provincia pueda generar convenios con los municipios para de ese modo, en un trabajo articulado, pueda lograrse facilitar las tareas de control y lograr el involucramiento pleno de los municipios. También, el diputado José Luis Ramón (CyC) acordó con lo expresado y puso énfasis en no perder de vista la relación de usuarios y consumidores con quien explota un servicio de natatorios, que “es un proveedor de servicios y el guardavidas es el preventor” en esa situación “para que no se produzcan daños”.

Finalmente, se propuso coordinar reuniones con guardavidas de Mendoza y con funcionarios de la Subsecretaría de Deportes, para delinear los últimos detalles de la redacción y poder votar el despacho de la norma. “Es un gran respaldo para los municipios este proyecto. Hay una preocupación muy grande y cada vez se acentúa más porque en todos los lugares ha habido accidentes. Sería una tranquilidad contra con ese proyecto”, reflexionó  Gisela Valdez.

 

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