Desde la Dirección de Agricultura de la Municipalidad informaron sobre los alcances de la Emergencia Agropecuaria hasta marzo de 2022.
“El Gobernador Rodolfo Suárez y el Ministro de Economía Enrique Vaquié declaran el decreto 1323 esta medida que alcanza a numerosas explotaciones que han visto afectadas sus cultivos por las últimas heladas” explicó Agustín Anzorena, Director de Agricultura.
Todas aquellas explotaciones bajo riego que se desarrollen en el territorio mendocino, y que hayan visto severamente afectados sus cultivos a raíz de accidentes climáticos durante el ciclo agrícola, serán declaradas en Emergencia o Desastre Agropecuario.
“Para todos aquellos productores que hayan sufrido y denunciado pérdidas significativas de entre el 50% y el 79% en sus cultivos, serán alcanzados por los beneficios enmarcados dentro de la denominada Emergencia Agropecuaria. En tanto, quienes hayan denunciado pérdidas del 80% o más, estarán enmarcados en lo que la normativa establece como Desastre Agropecuario” manifestó Anzorena.
También de acuerdo al trabajo que hemos realizado en campo le solicitamos a los productores que se declaren en desastre y le pedimos al Ministro de Economía que se le haga un pago adelantado del Fondo Compensador agrícola, están evaluando la idea y pronto tendremos respuesta. Una vez que terminen de hacer las denuncias sabremos cuantos productores están dentro de este pedido” manifestó el Director de Agricultura.
Estas medidas se suman al acompañamiento que se ha venido realizando al productor, y que se continúan con la disponibilidad de líneas de financiamiento diseñadas para el sector agrario.
En el marco del programa de reactivación económica Mendoza Activa, existe la posibilidad de acceder a los beneficios del reintegro a través de ANR del 40% en inversiones en malla antigranizo o sistemas activos contra heladas. Los productores pueden acceder a estos beneficios y, además, obtener financiamiento a través del Fondo para la Transformación y el Crecimiento (FTyC), a tasa subsidiada.
Todos aquellos productores inscriptos en el Registro de Uso de Tierra (RUT) que acrediten daños en su producción gozarán, durante el periodo que dure el estado de emergencia, de la eximición de la obligación de pago del impuesto inmobiliario, de los cánones de riego (superficial y subterráneo) por un valor igual al 50% de la factura correspondiente y de una prórroga de hasta noventa (90) días para los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos provinciales sin que ello origine recargos, intereses ni actualización monetaria.
Las instituciones financieras oficiales o mixtas locales brindarán líneas de créditos con tasas de interés bonificadas, a un año de gracia y plazo de pago que no podrá ser inferior a los tres años esto permitirá la recuperación de las economías.
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán emitir al productor la correspondiente factura con la eximición de pago por el período que dure la declaración de Emergencia Agropecuaria. Lo propio deberá hacer el Departamento General de Irrigación (DGI) mediante planes de pago especiales para el cobro del 50% restante de la factura correspondiente.