Los encuentros se permiten sábados, domingos y feriados de 9 a 23 y cumpliendo un estricto protocolo. Las denuncias por incumplimiento podrán realizarse a través de la app del 148, llamando al 911 o a través de www.mendoza.gov.ar/consultas/.
Las multas alcanzaran los $50 mil para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción.
Se publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 635 que habilita las reuniones familiares hasta un máximo de diez personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Las reuniones podrán realizarse solo los sábados, domingos y feriados de 9 a 23 y cumpliendo un estricto protocolo. No se tendrá en cuenta la terminación del DNI para asistir.
La normativa no implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares. Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
Asimismo, para casos de personas mayores de 60 años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados. También se sugiere que los encuentros se realicen en las zonas de cercanía apelando al sentido común y a la responsabilidad de la ciudadanía.
La habilitación no alcanza a:
Las personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con COVID-19, como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad sanitaria provincial.
Quien haya estado en contacto, en los últimos 14 días, con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; con pacientes confirmados de COVID-19 o con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para coronavirus.
El incumplimiento de las condiciones previstas será penado con una sanción de $50 mil para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda. Las denuncias podrán realizarse a través de la app del 148, llamando al 911, o a través de la web www.mendoza.gov.ar/consultas/.
Protocolo para reuniones familiares
Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1°, como por su situación geográfica.
Para casos de personas mayores de 60 años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados.
A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
La presente disposición no implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos según lo dispuesto por el art. 10°, inc 2 del DNU 459/2020.
Para el caso de que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en www.mendoza.gov.ar/consultas/
Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
No podrá haber más de diez personas reunidas en el mismo domicilio.
No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo.
Medidas de higiene recomendadas
Disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio.
Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
No compartir utensilios o vajilla.
Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas.
Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante.
Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
Evitar tocarse el rostro con las manos.
Descargar decreto aquí