En el marco del Programa Médico Obligatorio (PMO), OSEP mantiene una cobertura universal ambulatoria del 40% en los medicamentos que integran su vademécum y que presentan valor terapéutico aceptable y elevado. En los casos que no reúnen estos criterios, la cobertura ambulatoria es del 29%.
Para enfermedades crónicas no transmisibles, la institución adopta criterios de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud, ampliando la cobertura del 40% al 70% en medicamentos seleccionados para patologías respiratorias, cardiovasculares, endócrinas y neurológicas, entre otras.
Asimismo, se mantienen las coberturas del 100% cuando así lo determinan leyes específicas, como en el caso de Discapacidad.
OSEP aclara que no se elimina la cobertura de medicamentos, sino que las ordena, jerarquiza y amplía considerando cada caso.
Para obtener estos beneficios, el usuario deberá contar un plan especial que le brinde la mayor cobertura previa auditoría médica.
El mismo se tramita a través de la solicitud por WhatsApp en ALMA (261 2058800), siguiendo las siguientes opciones:
Medicamentos/Insumos
Planes Especiales
Primera vez
Ejemplo: Diabetes
Medicamentos como la metformina mantendrán la cobertura al 100% únicamente para afiliados registrados en el Plan Especial de Diabetes.
Cuando el medicamento sea prescripto para otros usos, la cobertura será del 40%, como cualquier medicamento ambulatorio general.
Este ordenamiento permite:
- Un mayor control y seguimiento médico de pacientes con enfermedades crónicas.
- Evitar usos indebidos de medicamentos vinculados a Planes Especiales.
- Garantizar la sustentabilidad del sistema, cuidando los recursos para quienes más los necesitan.
- Mejorar la calidad de la atención y la trazabilidad de los tratamientos.







