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Viernes, 03 Mayo 2024

Proyectos presentados en la sesión ordinaria del HCD San Rafael este martes 04/10/2022

PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL “FRENTE DE TODOS”, NESTOR OJEDA, MARIANA ABRAHAM, PAMELA TORRES, SAMUEL BARCUDI, NADIR YASUFF Y ANDREA MATTACOTA.

VISTO: La actual implementación, por parte del gobierno provincial, de la jornada escolar extendida, y; CONSIDERANDO: Que, la misma, según anunciara el señor Gobernador, surge a fin de garantizar espacios complementarios para aprendizajes prioritarios, especialmente en lengua y matemática y su implementación es obligatoria en 164 establecimientos educacionales de nivel primario de la provincia, además con perspectiva de su incremento y por un lapso no menor a cinco años, según las previsiones del gobierno. – Que, la citada implementación, al efectuarse de manera unilateral por parte del gobierno y de la Dirección General de Escuelas, surge más como una imposición al no habérsele consultado en su planificación a los trabajadores de la educación. – Que, en tal sentido, la resolución contradice flagrantemente las disposiciones del Consejo Federal de Educación que especifica sobre tal respecto, que la misma para efectuarse debe ser bajo acuerdos previos con los gremios representantes de los trabajadores de la educación, los que ciertamente no han sido convocados. – Que, en la forma de la ejecución, de manera intempestiva y sin consulta y acuerdo previo, son vulnerados los derechos de todos los trabajadores y trabajadoras de la educación; equipos de gestión, docentes, celadores, administrativos y demás, al no ser respetadas y modificadas sus condiciones de trabajo previas sin su expreso consentimiento, principalmente en cuanto a los horarios laborales establecidos, acordados y remunerados. – Que, la denominada jornada completa con asistencia obligatoria, asimismo, implica un rediseño no menor de la actividad y vida escolar, afectando no solo al personal docente y no docente, sino también a los estudiantes y a sus núcleos familiares que deben arreglárselas sin más, para poder sortear el nuevo contexto. Un ejemplo, es la falta de consideración de las frecuencias del transporte público de pasajeros, generalmente adecuadas históricamente al horario escolar y viceversa, más aún en los ámbitos de campaña o rurales distantes e inconexos de la provincia. – Que, asimismo, y en consonancia con el párrafo anterior, la exigencia laboral impuesta ha sido realizada improvisadamente y con escasas indicaciones o prescripciones para su correcta y eficaz implementación, delegando, hasta el momento, la responsabilidad de la ingeniería necesaria en las jurisdicciones e instituciones en el plano local, con todo lo que ello implica, en todos los casos prever la mayor permanencia y por ende, a veces, el racionamiento de la totalidad de la matrícula, sin la asignación de los fondos y medios materiales y humanos necesarios. – Que, del mismo modo, la implementación de la jornada completa contradice o se contrapone a acuerdos y disposiciones previas de carácter reciente, un ejemplo, la reducción horaria de los por sí escasos celadores acordada en paritarias, siendo este uno de los actores indispensables para una extensión horaria planificada, eficaz, segura, higiénica y debidamente realizada. – Que, igualmente, según explicitan docentes y representantes gremiales, tal extensión horaria, de cuatro horas y media a siete horas, no asegura calidad educativa por sí misma, parte del éxito surge de la motivación, acuerdo y participación de todos los involucrados y que, obviamente, contemplando a los estudiantes, que como educandos impúberes, tal incremento horario puede surgir como un elemento contraproducente y hasta distorsionador del proceso de enseñanza aprendizaje, según aseguran los expertos de las ciencias cognitivas. – Por lo expuesto, solicitamos al Honorable Cuerpo, dictar sanción favorable al siguiente proyecto de: DECLARACION N°:… Artículo 1º.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que el Gobierno de la provincia, a través de su Ministerio de Educación, Dirección General de Escuela, revea la medida adoptada unilateralmente en cuanto a la implementación de la jornada completa en el nivel primario, estableciendo en su tratamiento canales de comunicación y espacios de debate, participación y protagonismo de todos los actores involucrados, trabajadores de la educación, educandos, familias y sociedad mendocina en su conjunto. – Artículo 2º.- Por Presidencia del Honorable Concejo Deliberante remítase copia de la presente declaración al Ministerio de Educación de la provincia de Mendoza, por intermedio de la Delegación Sur de la Dirección General de Escuela. – Artículo 3º.- DE FORMA.

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS CONCEJALES: PABLO ZAPATA, CLARISA BARCHIESI, ROMINA GIRAUDO, FRANCISCO MONDOTTE Y LEONARDO YAPUR. VISTO La necesidad de llevar a cabo políticas de inclusión social a las personas que padezcan de un Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), o en general cualquier tipo o clase de autismo. CONSIDERANDO Que, el Trastorno del Espectro Autista es una condición del neurodesarrollo que se caracteriza por la presencia de deficiencias persistentes en la comunicación y en la interacción social. Además, las personas con este trastorno, pueden presentar patrones de comportamiento, de intereses o de actividades repetitivos con dificultades para hacer frente a cambios inesperados. En Argentina hay aproximadamente 700 mil personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), según la organización TGD-Padres-tea. Esto significa que casi el 2% de la población del país sufre este problema”. Que las personas con autismo, en especial los niños, tienen dificultades para la planificación de acciones, por eso es que cuando van a un lugar con muchos sonidos, mucha gente, sus sentidos captan los estímulos más fuertes, esto hace que sufran mucho en las esperas porque no saben cuánto tiempo va a pasar, también sufren sus padres o cuidadores. Que existen diversos proyectos para que la convivencia en sociedad de las personas con autismo sea más llevadera, como lo es por ejemplo, en la Provincia de Santa Fé “La hora silenciosa”, el mismo establece que “los supermercados, librerías y jugueterías de grandes superficies deben cumplir una hora matutina y otra vespertina por semana con sus luces atenuadas y sin altoparlantes para evitar esos estímulos visuales y auditivos, que tanto afectan a las personas con síndrome de autismo, especialmente a los niños y niñas”. Que, el Art. 2 inc. J de la Ley 27043, relativa a SALUD PÚBLICA “Declárase de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA)”, menciona que se establezcan las “acciones necesarias a los fines de la completa inclusión de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) a los diferentes niveles educativos, laborales y sociales, de acuerdo a lo establecido por la Convención sobre derechos de las personas con discapacidad, aprobada por la Ley 26.378.” y Mendoza adhiere a la Ley 27.043 a través de la Ley 9063/18. BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL - FRENTE CAMBIA MENDOZA Que en nuestra provincia existe un Proyecto de ley del año 2019, en el que se incorpora un segundo párrafo al Art. 2 de la Ley 9063, en el que reza “Además deberá implementar mediante la resolución administrativa que corresponda un protocolo que establezca la prioridad en la atención de las personas con autismo (TEA) en todos los hospitales e instituciones sanitarias de cada uno de los departamentos de la Provincia, sean éstos provinciales o municipales", pero el mismo no menciona la atención prioritaria que deberían tener las personas con autismo en centros comerciales y demás organismos e instituciones de la administración pública, por el estrés que ello conlleva. Que el trece de septiembre del presente año se sancionó en la Legislatura Provincial la ley 9415 la cual garantiza la prioridad de atención y el establecimiento de la “Hora Respetuosa” para todas las personas que padezcan de un Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), o en general cualquier tipo o clase de autismo. Que el Artículo 7º invita a las Municipalidades de la Provincia de Mendoza a adherir a la ley con la finalidad de que los Departamentos Ejecutivos en relación a sus respectivas competencias, apliquen medidas en consonancia. Sin más, se pone a consideración el siguiente proyecto de ordenanza. ORDENANZA Nº________ Artículo 1º: Adherir a la Ley Provincial Nº 9415 que garantiza la prioridad de atención y el establecimiento de la “Hora Respetuosa” en organismos públicos y privados para las personas que padezcan de un Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), o en general cualquier tipo o clase de autismo. Artículo 2º: Toda persona que padece de un Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), o en general cualquier tipo o clase de autismo; tendrá derecho de prioridad de atención en la administración pública municipal, así como también en los centros comerciales, y demás organismos con acceso al público del Departamento de San Rafael. Artículo 3º: A los fines de acreditar la condición de personas con TEA, TGD o TDAH, podrán presentar su certificado de discapacidad, o también se reconocerán por utilizar pulseras o lazos azules que los identifiquen. BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL - FRENTE CAMBIA MENDOZA Artículo 4º: Establézcase en todo el territorio del Departamento de San Rafael la “Hora Respetuosa” dirigida a la inclusión de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y cualquier dificultad de hipersensibilidad y tolerancia a los ruidos fuertes y a las luces. La hora respetuosa abarcará una franja horaria en donde se atenuarán ruidos y luces para que las personas incluidas en el Artículo 2º, realicen sus compras minimizando los estímulos del entorno. Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza quien deberá reglamentar la forma, los sujetos obligados, y demás requisitos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 2º y 4º. Artículo 6º: En caso de violación al artículo 4º de la presente Ordenanza, la Dirección municipal de Defensa del Consumidor podrá hacer efectivas las gestiones necesarias a fin de aplicar las sanciones previstas en la Ley Provincial 5547, Artículo 57º, incisos f), g), h) e i). Artículo 6º: Dé forma.

PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LAS Y LOS CONCEJALES ANDREA MATTACOTA, PAMELA TORRES, MARIANA ABRAHAM, NADIR YASUF, PAULO CAMPI, SAMUEL BARCUDI Y NÉSTOR OJEDA DEL BLOQUE FRENTE DE TODOS - PJ. FUNDAMENTACIÓN Que en el paraje El Usillal, del distrito Las Paredes, se encuentra el Establecimiento Educativo Nº 1-458 “Legado Pascual Iaccarini”; en calle Central S/N. Que la Escuela Nº 1-458, se encuentra ubicada a 18 km de la ciudad de San Rafael; aquí las condiciones de acceso al sistema educativo son completamente distintas a las generalidades de las instituciones educativas de la ciudad. Que la comunidad educativa con gran esfuerzo, creatividad y compromiso, desarrollan proyectos para mejorar la calidad educativa en los contextos más vulnerables. Que muchas y muchos estudiantes, y docentes, acceden al establecimiento mediante transporte público; y mediante nota adjunta manifiestan el reclamo por la falta de frecuencia horaria como así también la disconformidad frente a las diversas irregularidades en el horario del recorrido. Que garantizar la frecuencia del transporte público hace a la calidad educativa y a la garantía del derecho a la educación. Proteger la vida escolar de niñas, niños y adolescentes es importante para el desarrollo de aspectos cognitivos, culturales, sanitarios, nutricionales, de salud integral. Es por lo expuesto que solicito al Honorable Concejo Deliberante de San Rafael de sanción favorable al presente proyecto de DECLARACIÓN Nº … Art.1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL manifiesta su preocupación, frente a la vulneración de los derechos tanto de estudiantes como docentes, respecto de la irregularidad en la frecuencia horaria del colectivo que realiza el recorrido nº 572 - San Rafael, Usillal, Maitenes -. Art. 2º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que la Dirección de Medios y Vías de Transporte de la Provincia y la Dirección General de Escuelas arbitre los medios necesarios para garantizar la frecuencia horaria necesaria para que la comunidad educativa acceda en tiempo y forma al establecimiento escolar; y que pueda retirarse en las mismas condiciones. Art. 3º: POR PRESIDENCIA del Honorable Concejo Deliberante remitir copia de la presente a Ministerio de Educación de la Nación, Medios y Vías de Transporte de la Provincia de Mendoza, Dirección General de Escuelas, Nº 1-458 “Legado Pascual Iaccarini” del Usillal, Departamento Ejecutivo Municipal y Digesto Municipal. Art. 4º: DE FORMA.

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL “FRENTE DE TODOS”, NADIR YASUFF, MARIANA ABRAHAM, SAMUEL BARCUDI, PAULO CAMPI, ANDREA MATTACOTA, NESTOR OJEDA Y PAMELA TORRES. FUNDAMENTOS: VISTO: Que nuestro Departamento registra un déficit habitacional de 11.800 viviendas, lo cual coloca a una gran porción de nuestra población en una situación de vulnerabilidad y necesidad que en algunos casos se termina canalizando por la toma de terrenos fiscales. Que el Derecho a una Vivienda digna, no puede imponerse por sobre otros derechos y particularmente en terrenos cuya proyección tiene la traza del Ferrocarril, ya que implicaría un problema aún más grave en caso de que en algún momento pueda reactivarse el transporte férreo en nuestro País. En ese sentido, los últimos días dejo al descubierto la grave situación habitacional que registra San Rafael, como así también el riesgo de que terrenos destinado a la traza del ferrocarril en el radio urbano, particularmente, los terrenos ubicados en las inmediaciones de calle Aristóbulo del Valle entre calles Tirasso y Callao de nuestra ciudad. CONSIDERANDO: Que, en dicho predio (terreno fiscal) estaban emplazadas las vías del ramal del Ferrocarril General San Martín (FCGSM), actualmente propiedad de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). Que, según nuestra legislación municipal vigente, al no encontrarse cultivada, ni poseer construcción alguna, esta parcela es considerada terreno baldío. Que, el municipio puede solicitar el permiso de uso o custodia sobre bienes inmuebles del Estado Nacional y, de esta manera, brindar solución a las problemáticas locales y revalorizar su función social. Que, de esta forma, se pueden dar uso a inmuebles que se encuentran en estado de aparente abandono, para colaborar con el desarrollo de políticas públicas en beneficio de sus comunidades. Que, en la actualidad la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a través de su programa PRESERVAR, permite a las provincias, municipios, comunas y ONG, celebrar convenios sobre los terrenos de su propiedad para desarrollar “Proyectos Sociales”, con la finalidad de promover el desarrollo familiar y comunitario de los barrios. Que, existen a lo largo y ancho de nuestro país, antecedentes de municipios que realizaron trabajos de preservación, reparación y refuncionalización de esos terrenos, para el desarrollo de prácticas deportivas, culturales y recreativas; integrándolos a la comunidad como un nuevo espacio de esparcimiento, destinado a favorecer el bienestar ciudadano. Que, la puesta en valor de los espacios verdes, recreativos, culturales y sociales, permiten fomentar la inclusión social y educativa de los vecinos del lugar y el desarrollo local. Es por lo antes aquí expuesto, y la responsabilidad que nos compete como cuerpo legislativo de garantizar este beneficio a nuestra sociedad, es que solicitamos se sancione de forma favorable el siguiente proyecto de: ORDENANZA Nº…: ARTÍCULO 1: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL se encargará de la construcción de un paseo saludable, en el inmueble situado en calle Aristóbulo del Valle entre calles Tirasso y Callao de la ciudad de San Rafael. ARTÍCULO 2: GESTIONAR Solicitar ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) el permiso de uso precario y gratuito del inmueble en cuestión. ARTÍCULO 3: PRESUPUESTO Los gastos que demande la implementación del presente se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes. ARTÍCULO 4: NOTIFICAR A la Secretaría de Hacienda y Administración, Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, Secretaría de Gobierno, Dirección de Obras Privadas, Dirección de Ordenamiento Territorial, Dirección General de Rentas, Dirección de Espacios Verdes, Dirección de Obras Municipales, Departamento de Estudios y Proyectos. ARTÍCULO 4: DE FORMA.

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS CONCEJALES MARIANA ABRAHAM, SAMUEL BARCUDI, ANDREA MATTACOTA, PAULO CAMPI, PAMELA TORRES, NADIR YASUF, NESTOR OJEDA DEL BLOQUE FRENTE DE TODOS. VISTO: La necesidad de imponer el nombre de Profesor Neri Azcurra a la plaza que se encuentra entre Gral. Manuel Belgrano, Nicaragua, Felipe Nevreze, de San Rafael, Mendoza, cuya superficie total es de: 992,47 m2, la cual está ubicada en el Barrio TAC. CONSIDERANDO: Que al imponer el nombre se cumple con una finalidad, rendir homenaje a ciudadanos que cumplieron o dejaron una noble labor en la comunidad. Que es menester del Honorable Concejo Deliberante, honrar a las personas distinguidas del medio, para así de esa forma homenajearlas por su ejemplo sobresaliente en sus distintas actividades. Que como sanrafaelinos debemos resaltar los valores de personas como Neri Osvaldo Azcurra teniendo en cuenta su trayectoria y su aporte a la comunidad, acercando el deporte a los niños. Neri nació el día 13 de septiembre de 1983, fue a la escuela primaria Manuel A. Sáez y luego a la secundaria en la escuela 4-098 República del Perú. Cursó el Profesorado de Educación Física en la Fundación Educativa Santísima Trinidad del que se egresó en 2016. En el año 2009 creó la Escuela de Fútbol San Rafael en el Club de Pescadores, por la que pasaron más de 3.000 niños y continúa con su legado en el día de hoy. Destacamos su visión y capacidad para transformar y crear un espacio deportivo que es punto de referencia en la iniciación deportiva en nuestra ciudad. Trabajó en la colonia de verano en Automóvil Club San Rafael y Club de Pescadores desde año 2006 hasta 2021. Creó AYP Recreación y organización de eventos deportivos junto al Profesor Federico Pomaski. Fue profesor de Educación Física en Colegio del Carmen desde 2015 hasta 2021. Esposo de Daniela Fernanda Ortega y padre de dos niños Lupe y Galo Azcurra, perdió la vida el día 14/10/2021 a la edad de 38 años. Una pérdida que sintió mucho la comunidad educativa y del deporte.  ORDENANZA Nº …. Artículo 1º.- IMPONER el Nombre de “Profesor Neri Azcurra”, a la plaza que se encuentra entre Gral. Manuel Belgrano, Nicaragua, Felipe Nevreze, de San Rafael, Mendoza, cuya superficie total es de: 992,47 m2, la cual está ubicada en el Barrio TAC. Anexo N°1 fotos descriptivas Artículo 2º.- SOLICITAR a la Dirección de Obras Municipales la realización de las obras pertinentes en cuanto a cartelería y señalización. - Artículo 3º.- LOS GASTOS que demande la presente Ordenanza será con cargo a la cuenta del Presupuesto de Gastos en vigencia. - Artículo 4º.- DE FORMA.

PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL “FRENTE DE TODOS”, NADIR YASUFF, PAULO CAMPI, SAMUEL BARCUDI, NESTOR OJEDA, MARIANA ABRAHAM, ANDREA MATTACOTA Y PAMELA TORRES. FUNDAMENTOS: El Proyecto Integral Rio Diamante llevado adelante por el PROMEBA en el año 2013, llevo adelante las obras de urbanización en el Barrio El Molino, las cuales comprendieron: la ejecución de Sistema de abastecimiento de agua potable con conexiones de agua a red; Sistema de desagües cloacales con conexiones de cloaca a red; Sistema de desagües pluviales, Red vial, Red primaria de media tensión, Subestación Transformadora, Red eléctrica y alumbrado público con conexiones de electricidad a red, Red de gas natural con conexiones de gas a red. Red peatonal; Construcción Sede Vecinal Bº El Molino. Contenedores. Señalética urbana. Refugios. Playón polideportivo. Sin embargo, más allá de que todo el sistema está conectado y listo para que las familias del barrio se incorporen a la red de cloacas, AySaM no autoriza esa conexión dejando a más de 300 familias sin la posibilidad de acceder al servicio. Esto está generando problemas de salubridad y calidad de vida para los vecinos del barrio. El año 2017 se alcanzó el 100% de la obra de urbanización comprendida en el Proyecto Integral Rio Diamante, que incluía a los Barrios El Molino y Pobre Diablo. Luego de más de 5 años aun no pueden acceder a la red de cloacas. Es por lo antes aquí expuesto, y con la urgencia que requiere que AySaM levante las trabas y realice las acciones necesarias para que las familias del Barrio El Molino puedan, de una vez por todas, acceder a lo que les corresponde. Solicitamos a vuestra Honorabilidad se tenga a bien aprobar el siguiente proyecto de: DECLARACIÓN Nº: ARTÍCULO 1: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que las autoridades de Agua y Saneamiento de Mendoza (AySaM) arbitren los medios y acciones necesarias para HABILITAR la conexión a la Red de Cloacas de las familias del Barrio “El Molino”. ARTÍCULO 2: POR PRESIDENCIA DEL HCD remitir copia de la presente Declaración al Presidente de AySaM ALEJANDRO GALLEGO y al Gobernador de la Provincia de Mendoza, Dr. RODOLFO SUAREZ. ARTÍCULO 3: DE FORMA.

PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL “FRENTE DE TODOS”, NADIR YASUFF, PAULO CAMPI, SAMUEL BARCUDI, NESTOR OJEDA, MARIANA ABRAHAM, ANDREA MATTACOTA Y PAMELA TORRES. FUNDAMENTOS: El Proyecto Integral de Urbanización Isla del Rio Diamante llevado adelante llevado adelante entre la Nación y el Municipio, llevo adelante las obras de urbanización en el barrio, las cuales comprendieron: la ejecución de Sistema de abastecimiento de agua potable con conexiones de agua a red; Sistema de desagües cloacales con conexiones de cloaca a red; Sistema de desagües pluviales, Red vial, Red primaria de media tensión, Subestación Transformadora, Red eléctrica y alumbrado público con conexiones de electricidad a red, Red de gas natural con conexiones de gas a red. Red peatonal; Obras en el Museo de Historia Natural y la mejora en la localización de los puestos de artesanos. Sin embargo, más allá de que todo el sistema está conectado y listo para que las familias del barrio se incorporen a la red de cloacas, AySaM no autoriza esa conexión dejando a más de 1.100 familias sin la posibilidad de acceder al servicio. Esto está generando problemas de salubridad y calidad de vida para los vecinos del barrio. El año 2019 se alcanzó el 80% de la obra de urbanización comprendida en el Proyecto Integral, y al dia de hoy se están terminando el 20% restante. Sin embargo, las conexiones a la red de cloacas ya están terminadas pero desde el Ente regulador no tienen respuesta. Es por lo antes aquí expuesto, y con la urgencia que requiere que AySaM levante las trabas y realice las acciones necesarias para que las familias del Barrio “La Isla del Rio Diamante” puedan, de una vez por todas, acceder a lo que les corresponde. Solicitamos a vuestra Honorabilidad se tenga a bien aprobar el siguiente proyecto de: DECLARACIÓN Nº: ARTÍCULO 1: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que las autoridades de Agua y Saneamiento de Mendoza (AySaM) arbitren los medios y acciones necesarias para HABILITAR la conexión a la Red de Cloacas de las familias del Barrio “La Isla del Rio Diamante” de nuestra ciudad. ARTÍCULO 2: POR PRESIDENCIA DEL HCD remitir copia de la presente Declaración al Presidente de AySaM ALEJANDRO GALLEGO y al Gobernador de la Provincia de Mendoza, Dr. RODOLFO SUAREZ. ARTÍCULO 3: DE FORMA.

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS CONCEJALES PERTENECIENTES AL BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL – FRENTE CAMBIA MENDOZA: CLARISA BARCHIESI, PABLO ZAPATA, FRANCISCO MONDOTTE, ROMINA GISEL GIRAUDO Y LEONARDO JORGE YAPUR. - VISTO: La Constitución de la Nación Argentina que considera a la salud como un derecho colectivo, público y social otorgándole así raigambre constitucional en su artículo 42º que reza, en lo pertinente, lo siguiente: los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz: a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. El artículo 75º inciso 19 de la misma norma que establece que corresponde al Congreso “proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social…” y no existiendo dudas que la salud se encuentra ínsita en el concepto de bienestar general al que se hace referencia. El artículo 4º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica que establece que toda persona tiene derecho a que se respete su vida. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 que establece en su artículo sexto que el derecho a la vida es inherente a la persona humana. 2 La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que en su artículo 5º, apartado e), inciso IV), establece que es deber de los Estados garantizar el derecho a la salud pública y a la asistencia médica. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre que establece en su artículo primero que todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la integridad, y en su artículo onceavo reza: toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada. Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) entiende por salud al estado completo de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad. Que en el mismo orden de ideas, el mencionado organismo ha declarado en todo el mundo a octubre como el mes para la sensibilización sobre el cáncer de mama, con el objetivo de aumentar la atención y apoyo a la detección precoz y el tratamiento de esta enfermedad. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas específicas adoptados en el año 2015 por líderes mundiales como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. CONSIDERANDO: Que conforme informa la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año en América, más de 462.000 mujeres son diagnosticadas con 3 cáncer de mama, y casi 100.000 mueren a causa de esta enfermedad convirtiéndose de esta manera el cáncer de mama como el tipo de cáncer más común, con más de 2,2 millones de casos en 2020. Que, continuando con lo anterior, la OMS advierte que si las tendencias actuales continúan, para el año 2030, se prevé que el número de mujeres diagnosticadas con cáncer de mama aumente en un 34 % en América. Que la misma organización proyecta que cerca de 1 de cada 12 mujeres enfermarán de cáncer de mama a lo largo de su vida Que en Argentina, según estimaciones de incidencia del Observatorio Global de Cáncer de la OMS, el cáncer de mama es el de mayor magnitud en cuanto a ocurrencia para 2018: con un volumen de más de 21.000 casos al año, representando el 17 % de todos los tumores malignos y casi un tercio de los cánceres femeninos. Que en 2020, alrededor de 685.000 mujeres fallecieron como consecuencia de la enfermedad a la que nos estamos refiriendo. Que en cifras de la Organización Panamericana de la Salud, la Argentina ocupa el segundo lugar en riesgo de muerte por cáncer de mama en América Latina, dejado de existir alrededor de 20 mujeres por día a causa de este flagelo. Que la situación descrita en los puntos anteriores es un flagelo que no solo afecta a la vida de quienes sufren la enfermedad, sino que también afecta a sus familias y comunidades. 4 Que aunque la enfermedad no puede evitarse, es posible realizar lo que se conoce como prevención secundaria, que consiste en el diagnóstico precoz de la misma para comenzar el tratamiento en sus etapas iniciales, siendo necesario para esto la difusión y sensibilización del tema. Que la difusión se presenta entonces como el principal aliado en la lucha del cáncer de mama. Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), aprobados por los dirigentes mundiales en el año 2015 propone una hoja de ruta para lograr un progreso sostenible que no deje a nadie atrás declarando el ODS 3: “Salud y bienestar” con el fin de garantizar una vida sana y promover el bienestar en todas las edades como camino para un desarrollo sostenible. Que dicho Objetivo de Desarrollo Sostenible entre sus metas aborda la necesidad de fortalecer la prevención en temas de salud. Que la difusión, visibilización masiva y concientización son acciones que contribuyen a lo estipulado en el párrafo ut supra Que los mensajes de concientización sobre el cáncer de mama son más eficaces si son apropiados desde el punto de vista cultural, si se formulan con la participación de la comunidad, si se los vincula al quehacer diario y a iconos departamentales. Que el color rosa es utilizado como distintivo internacional para poner énfasis en la importancia de la autoexploración para 5 prevenir el cáncer de mama convirtiéndose en la forma más sencilla de difusión y muestra de apoyo y solidaridad a una lucha que afecta, como se ha expresado ampliamente en los párrafos precedentes, a un importante número de mujeres. Por ello, solicitamos a este Honorable Cuerpo Deliberante dar sanción favorable al siguiente Proyecto de: ORDENANZA Nº…. Artículo 1º: ESTABLEZCASE la iluminación con color rosa del mapa de San Rafael emplazado en la Rotonda César Robles, ubicada en el acceso Oeste a nuestra ciudad durante todo el mes de Octubre de cada año calendario, en adhesión al Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama y con el objetivo de visibilizar, informar y concientizar al respecto. Artículo 2º: EL GASTO que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, será con cargo al Presupuesto de Gastos en vigencia. Artículo 3º: DÉ FORMA.

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES, SAMUEL BARCUDI, NESTOR OJEDA, MARIANA ABRAHAM, PAMELA TORRES, NADIR YASUFF Y ANDREA MATTACOTA. PAULO CAMPI, QUE INTEGRAN EL “FRENTE DE TODOS”. VISTO: Que los días 21 y 22 de Octubre se realizaran los talleres para directivos, docentes, estudiantes y público en general, con la presencia de Laura Lewin. CONSIDERANDO: Que serán 2 talleres con distinta temática, uno de ellos llamado “El Aula Afectiva” que será dictado el día viernes 21 de 19 a 21hs y el otro “Que enseñes no significa que aprendan” que será dictado el día 22 de 9 a 11hs; Que se realizara en el Centro de Congresos y Exposiciones y que la inscripción se puede realizar hasta el día 19-10. Que el evento será gratuito y es organizado por Colegio Maristas y Municipalidad de San Rafael; Que este mismo taller se viene realizando en otras provincias con muy buena convocatoria. Que quien dicta el taller, Laura Lewin, es consultora de las más importantes instituciones educativas de Argentina. Capacitadora, autora y asesora en temas de gestión educativa, neuro educación y manejo del aula en un entorno afectivo y efectivo; Que ha dictado talleres en Latinoamérica, Estados Unidos y Europa; Que Preside el Congreso Internacional de Desarrollo Profesional para Profesores y Coordinadores de inglés, y el Congreso Internacional para Directivos Innovadores de Instituciones Educativas, ambos con sede en Buenos Aires; Que también dirige ABS International, una empresa de capacitación educativa, desde el año 1992, y es autora de varios libros sobre educación. Que la propuesta de Laura Lewin revaloriza la importancia del buen clima áulico como punto de partida para lograr un aprendizaje eficaz. Más allá de la importancia de los contenidos que el docente tiene que enseñar, se centra en la necesidad de gestionar la clase y desarrollar habilidades referidas a la resolución de conflictos, la capacidad de comunicarse positivamente con los demás, y de ser creativos, etc. para lograr que las y los estudiantes “quieran” escucharnos y no “tengan” que escuchar-nos. Que Es un recorrido por situaciones prácticas y cuestionamientos que conducen a la reflexión, siempre en la búsqueda de una conducción eficaz del aula en un entorno afectivo y efectivo. Que el objetivo es analizar todos los aspectos que permitirán lograr que el aula se convierta en un espacio en donde tanto estudiantes como docentes se sientan cómodos y a gusto. Que el taller busca que se adquieran las estrategias para aumentar y capitalizar las experiencias pedagógicas y recordar los aportes de las neurociencias, en el diseño de propuestas didácticas atractivas, motivadoras y desafiantes. Que el colegio Maristas San Rafael lleva más de 80 años en el departamento, siempre aportando a la sociedad y tratando de adaptarse a los nuevos desafíos que surgen en el departamento. Que además de organizar desde la municipalidad este tipo de eventos debemos, desde este honorable cuerpo reconocer este tipo de talleres ya que, en palabras de Xavier Aragay, gestor del proyecto Horizonte 2020, “La educación debe reimaginarse. Debe repensarse, deconstruirse y volver a combinar los elementos que la conforman de otra manera, lo cual, además de ser muy complejo, es un desafío que requiere conexión interna, convicción personal, cierto grado de audacia, saber a dónde queremos ir y liderazgo colectivo. La escuela, la universidad, son personas. Personas que hacen cosas (muchas cosas) con otras personas y para las personas. Y solamente la persona, cada una de ellas, puede decidir realizar un cambio educativo. Y solo si lo decide en su interior, si lo decide libremente, si sueña y se arriesga a dar el salto. Por los fundamentos expuestos y los que serán dados oportunamente, es que solicito a este Honorable Consejo me acompañen en el siguiente proyecto de: ORDENANZA Nº ARTICULO 1º: Declarar de INTERES MUNICIPAL a los talleres “El Aula Afectiva” y “Que enseñes no significa que aprendan”, que se dictaran los días 21 y 22 de Octubre en el Centro de Congresos y Exposiciones y contaran con la presencia de Laura Lewin. ARTICULO 2º: LA PRESENTE no implica responsabilidad ni gasto alguno para la Municipalidad de San Rafael. ARTICULO 3º: De forma.

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES, SAMUEL BARCUDI, NESTOR OJEDA, MARIANA ABRAHAM, PAMELA TORRES, NADIR YASUFF Y ANDREA MATTACOTA. PAULO CAMPI, QUE INTEGRAN EL “FRENTE DE TODOS”. VISTO: Que el día 30 de Octubre se realizara la 3º Edición de la Maratón Paso Las Leñas. CONSIDERANDO: Que este año se realizara la 3º Edición de la conocida Maratón organizada por Clubes de Rotarios del Sur Mendocino y la Cámara de Comercio de San Rafael. Que todo lo recaudado por esta maratón será a beneficio del IMBECU-CONICET; Que habrá distintas categorías divididas por edades; Que el punto de encuentro será a las 9 Hs en el Tenis Club. Que habrá distintas distancias: Competitivas de 8 y 4 Km y Familiar participativa de 1 Km. Que Los valores de la inscripción serán: $ 2.000 los 8 km y 4 km, Familiar participativa $ 1.000 por grupo familiar, (si se decide participar sin grupo familiar $1000 c/u); Que las personas con Discapacidad no pagaran inscripción. Que habrá premiación de hasta el tercero en la general de 8 Km damas/ caballeros y por categorías cada 10 años; y hasta el quinto puesto en la de 4 Km, además de medallas de finalización para todos. Que las categorías serán: 10 a 19 años 20 a 29 años 30 a 39 años 40 a 49 años 50 a 59 años 60 a 69 años + 70 años Que se podrán inscribir a partir del 1 de octubre a través de un Formulario en línea o en la Cámara de Comercio San Rafael. Que esta será la 3º edición de dicho maratón; la primera fue realizada en el año 2014 por caminos y senderos intermontanos en plena Cordillera de los Andes, precisamente en El Sosneado a 130 km de la ciudad de San Rafael; Que el objetivo de estas maratones comenzó siendo promocionar las bondades y bellezas del Paso Las Leñas que, cuando esté en condiciones, no sólo será de conectividad sino también de mejoras para Mendoza e instalar el Paso Las Leñas como una alternativa de cruce a Chile. Que la segunda edición de la maratón se realizó en el año 2017 y fue organizada por Aventuras Deportivas, Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael y Rotary Club San Rafael con la misma finalidad, la de promocionar el futuro Paso Las Leñas. Que los Clubes de Rotarios del Sur Mendocino realizan diversas actividades vinculadas a la comunidad, desarrollando proyectos, planificando eventos y abordando problemas locales e internacionales. Que la Cámara de Comercio de San Rafael viene trabajando desde 1919 en diversas actividades, proyectos, desarrollo de políticas que hagan a la mejora constante de nuestro departamento. Que desde que nacieron estas Maratones de Paso Las Leñas, se busca además del desafío deportivo en sí, promocionar la construcción del paso y túnel de baja altura denominado Paso Las Leñas, el cual es un proyecto de Paso Internacional entre Argentina y Chile que comunicará El Sosneado (Argentina) con Rancagua (Chile), a través de un túnel de baja altura que prevé estar en condiciones climáticas óptimas aún en Invierno. Además este tipo de eventos generan una importante promoción para el Destino Mendoza y San Rafael. Si consideremos el hecho de que San Rafael es uno de los municipios con mayor presencia del segmento turismo aventura este evento de carácter deportivo posee, además, un valor turístico agregado dada por la promoción que genera del destino, sus paisajes y experiencias memorables. Por los fundamentos expuestos y los que serán dados oportunamente, es que solicito a este Honorable Consejo me acompañen en el siguiente proyecto de: Ordenanza Nº ARTICULO 1º: Declarar de INTERES MUNICIPAL a la 3º EDICION DEL MARATON Paso Las LEÑAS QUE SE REALIZARA EL 30 DE OCTUBRE. ARTICULO 2º: LA PRESENTE no implica responsabilidad ni gasto alguno para la Municipalidad de San Rafael. ARTICULO 3º: De Forma

PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LOS SEÑORES CONCEJALES QUE INTEGRAN EL BLOQUE “FRENTE DE TODOS” DEL PARTIDO JUSTICIALISTA: PAMELA TORRES, PAULO MARCELO CAMPI, NESTOR OJEDA, SAMUEL BARCUDI, MARIANA ABRAHAM, ANDREA MATTACOTA Y NADIR YASUFF. VISTO: Los Artículos Nº 97, 98 y siguientes del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante. Que Según la Ley de Ministerios N° 8.830/2.015 en su Artículo N° 12, establece que será competencia del Ministerio de Seguridad la planificación, coordinación, organización, ejecución y control de la política de seguridad pública de la Provincia de Mendoza, en orden a la protección de la vida, la libertad, los derechos y los bienes de los habitantes de la Provincia. Que al Ministerio de Seguridad de la provincia de Mendoza le corresponde entre otras funciones: a) Entender en la organización del control de seguridad interna del Sistema de Policía Provincial. b) Entender en la organización, capacitación, despliegue y esfuerzos de las fuerzas de seguridad de la Provincia. c) Coordinar la formulación de planes de mediano y largo plazo de capacitación, inversión, equipamiento y bienestar de las fuerzas, en el marco del sistema de seguridad. d) Planificar, coordinar, organizar, dirigir y controlar el Sistema Provincial de Seguridad Pública. e) Organizar y conducir el sistema de Policía de la Provincia. f) Coordinar y dirigir el sistema de comunicación al servicio de la seguridad. g) Promover acciones en materia de prevención situacional de la violencia y el delito. h) Proveer a la protección de los derechos humanos en todo el Territorio Provincial. CONSIDERANDO: Que en el distrito de Goudge del departamento de San Rafael cotidianamente se registran hechos vinculados a la inseguridad. Que desde hace varios años a la fecha los vecinos y autoridades del Honorable Concejo Deliberante de San Rafael, reclaman se mejore la infraestructura policial en el distrito de Goudge. Que la asignación de personal policial al Sur provincial en general y en San Rafael en particular es proporcionalmente inferior al Norte de la provincia de Mendoza. Que de los efectivos Sanrafaelinos que egresan cada año de los institutos de formación policial, muy pocos permanecen prestando servicios en San Rafael, dado que su gran mayoría son destinados al gran Mendoza. Que los efectivos policiales carecen del equipamiento necesario y de medios de movilidad aptos para la labor que deben realizar. Que las situaciones descriptas en los párrafos precedentes han favorecido el incremento de hechos delictuales en el distrito de Goudge. Que con motivo de los distintos reclamos formulados por los vecinos del Distrito de Goudge los Señores Concejales del Frente de Todos del partido JUSTICIALISTA concurrieron a diversas reuniones. Que en la actualidad los vecinos están afrontando una difícil situación de inseguridad dada por los constantes hechos delictivos que están ocurriendo en el Distrito, que ponen en riesgo los bienes, y la vida de quienes hoy viven en dicha comunidad, con el agravante de que en muchos casos los agresores resultan ser conocidos por la misma comunidad; Que el compendio de hechos relevados va desde los hurtos simples, robos mediante el uso de violencia, lesiones y en casos más extremos delitos que han puesto en riesgo la vida de las víctimas; Que ante la ausencia del Estado Provincial con campañas de prevención, los flagelos de las adicciones - droga y alcohol- han ingresado de manera marcada y notoria en la juventud de la población, hecho también remarcado y motivo de preocupación de los vecinos, Que los vecinos reclaman contar con un móvil y personal policial las 24 hs., dado que el Destacamento no cuenta en la actualidad con estos recursos, lo que hace difícil asistir a los lugares donde ocurre algún hecho delictivo ni realizar prevención mediante patrullaje y cumplir acabadamente con la función de seguridad requerida sin siquiera poder tomar debidamente una denuncia, Por lo expuesto precedentemente es que se solicita al Honorable Cuerpo dar sanción favorable al siguiente proyecto de: DECLARACIÓN Nº… ARTICULO Nº 1: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL reitera el pedido formulado mediante la Declaración N° 3117/2018 en la cual se expresa que se vería con agrado que el Señor Gobernador de la Provincia de Mendoza, Rodolfo Suarez y el Señor Ministro de Seguridad, Lic. Raúl Levrino realicen la elevación de Rango a Subcomisaría, al Destacamento del Distrito de Goudge, ubicado en Ruta Provincial Nº 160 s/n, frente a Plaza Central, teniendo en cuenta la grave situación de inseguridad que están viviendo los habitantes del Distrito, así como dotar de personal permanente y vehículos para el Distrito de Goudge y poder cubrir el amplio territorio que abarca el mismo.- ARTICULO Nº 2: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que el Gobierno Provincial y el Ministerio de Seguridad arbitren los medios necesarios para que se instrumente un sistema rotativo de descanso y capacitación que garantice la optimización del servicio que deben prestar los efectivos policiales. ARTICULO Nº 3: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que el Gobierno Provincial y el Ministerio de Seguridad arbitren los medios necesarios para que se destinen al departamento de San Rafael la cantidad de efectivos policiales y medios de movilidad de forma proporcional a lo que sucede con el Gran Mendoza. ARTICULO N° 4: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL vería con agrado que el Sr. Ministro de Seguridad de Mendoza, Lic. Raúl Levrino se apersone al departamento de San Rafael a fin de mantener una reunión con el Consejo Departamental de Seguridad y con vecinos a fin de que se interiorice de la situación que atraviesa el departamento de San Rafael en esta materia. Artículo N° 5º. - Por Presidencia del Honorable Concejo Deliberante NOTIFIQUESE al Señor Gobernador de la Provincia de Mendoza, Dr. Rodolfo Suarez y al Sr. Ministro de Seguridad de Mendoza, Lic. Raúl Levrino, de la presente pieza legal a sus efectos. ARTICULO Nº 6: DE FORMA.

 

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