El municipio recuerda la ordenanza vigente y las multas que recibirán quienes incumplan lo establecido.
En vísperas de las tradicionales fiestas de Navidad y Año Nuevo la Municipalidad de Malargüe a través de la Dirección General de Rentas informa que, según la Ordenanza 1.914/2017 establecida por el Concejo Deliberante, está prohibida “la comercialización, tenencia, manipulación, uso, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia para seguridad y beneficio de la población”.
Cabe aclarar que solo quienes estén debidamente autorizados por el municipio local y el Registro Nacional de Armas (RENAR) podrán hacer uso de fuegos artificiales en festividades especiales.
Después de haberse declarado a Malargüe como: “departamento libre de pirotecnia y prohibición de uso y comercialización de la misma”, como así también luego de algunas observaciones que se efectuaron; se procedió a la modificación de la misma bajo la ordenanza 1.951/2018, la cual permite al municipio labrar las multas que correspondan por el incumplimientos delas piezas legales. Las infracciones serán sancionadas de la siguiente manera:
Multa equivalente a 200lts. de nafta de mayor octanaje.
Multa equivalente a 400lts. de nafta de mayor octanaje a quienes reincidan la infracción.
Constatada la comisión de la infracción se procederá al secuestro y decomiso de la mercadería.